La Ley Karin (Ley N° 21.643), promulgada el 5 de enero de 2024 y publicada en el Diario Oficial el 15 de enero de 2024, es una normativa chilena que introduce importantes cambios en el Código del Trabajo y otros cuerpos legales para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Esta ley entró en vigencia el 1 de agosto de 2024.
Contexto y Objetivos:
La ley lleva el nombre de Karin Salgado, una funcionaria de salud que se quitó la vida en 2019 tras sufrir acoso laboral. El objetivo de la Ley Karin es fomentar ambientes laborales basados en el respeto y la no violencia, protegiendo tanto a trabajadores del sector público como privado.
Principales Componentes:
- Acoso Laboral:
- Define el acoso laboral como cualquier conducta de hostigamiento o agresión, ya sea única o reiterada, que tenga como resultado el menoscabo, maltrato o humillación del trabajador, o que amenace su situación laboral.
- Conductas específicas incluyen gritar, insultar, aislar, asignar tareas inalcanzables, y modificar responsabilidades sin previo aviso.
- Acoso Sexual:
- Considera como acoso sexual cualquier requerimiento de carácter sexual no consentido que perjudique la situación laboral de la víctima.
- Ejemplos incluyen contacto físico no deseado, envío de material sexual explícito, insinuaciones inapropiadas y presiones para realizar actividades sexuales.
- Violencia en el Trabajo:
- Incorpora la violencia ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, como amenazas, gritos, agresiones físicas y robos en el lugar de trabajo.
- Sexismo:
- Aborda conductas sexistas como comentarios denigrantes, humor sexista, interrupciones bruscas (manterrupting) y explicaciones no solicitadas (mansplaining).
Requisitos para los Empleadores:
- Los empleadores deben incluir protocolos de prevención de acoso y violencia en sus reglamentos internos.
- Están obligados a tomar medidas preventivas, detectar factores de riesgo y proteger a las personas denunciantes.
- La ley establece que las investigaciones no deben superar los 30 días y deben llevarse a cabo en absoluta reserva.
Sanciones:
- La normativa contempla sanciones para las conductas de acoso y violencia, y establece medidas correctivas por parte del empleador para prevenir futuros incidentes.


